Corpoamazonia inicia el proceso de vinculación a la Red de Amigos de la Fauna Silvestre
Corpoamazonia en cumplimiento de la ley 1333 de 2009 y de la Resolución 2064 de 2010, que reglamentan en Colombia el Proceso Sancionatorio Administrativo Ambiental y regularizan el manejo pos decomiso de fauna y flora silvestre respectivamente, expidió la Resolución 1065 de 27 de octubre de 2011, que constituye la Red de Amigos de la Fauna Silvestre en los departamentos de Amazonas, Caquetá y Putumayo.
Con esta Resolución Corpoamazonia impulsa el bienestar animal de las especies e individuos afectados por el tráfico y la tenencia ilegal, dos flagelos que contribuyen a la pérdida de biodiversidad en la región.
De que se trata la Red de Amigos de la Fauna Silvestre (RAFS)?
La Red de Amigos de la Fauna Silvestre es una figura jurídica que permite a Corpoamazonia hacer una disposición final a los animales en condiciones dignas para que puedan llevar su vida con adecuada salud y nutrición. La red fue diseñada, amparada en las normas colombianas, para que aquellos animales decomisados, restituidos o que han sido entregados voluntariamente por sus captores o tenedores sigan viviendo en condiciones dignas.
Entregar animales a la Red de Amigos de la Fauna Silvestre, es una buena decisión de disposición final de los ejemplares, una vez, que se ha establecido que sus características biológicas, comportamientos, salud clínica, nutrición y otros aspectos, condicionan a estos animales para el cautiverio y que no es posible su regreso al medio natural. La RAFS, es un recurso subsidiario, ante la imposibilidad de reubicar los animales en zoocriaderos no comerciales con fines científicos o de repoblamiento o de subsistencia, zoológicos u otros espacios de conservación fuera del entorno natural (ex situ).
Algunas de las consideraciones que se debe tener en cuenta para que un animal silvestre sea entregado a la RAFS, son las siguientes:
1. Animales que por sus condiciones de salud y comportamiento sólo pueden ser manejadas en cautiverio y no es posible por razones técnicas, o de temperamento del individuo, su traslado a un zoológico o acuario.
2. Animales de especies exóticas silvestres que no puedan ser reexportados a su país de origen.
3. Animales de especies nativas que requieren condiciones de cautiverio y manejo no ofrecidos por zoológicos o acuarios nacionales y además no se considera viable su inclusión en procesos de investigación vigentes.
4. Especies nativas o exóticas que pueden ser incluidas en procesos de investigación científica en condiciones ex situ de acuerdo a la normativa sobre ética, bienestar animal, directrices del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o intereses de programas de conservación de nivel regional impartidos por Corpoamazonia.
5. Animales en cantidades tales que dificultan su manejo en zoológicos, acuarios o Centros de Atención y Valoración de Fauna Silvestre (CAVs).
6. Animales silvestres exóticos de gran tamaño (elefante, rinoceronte, hipopótamo u otros), que no puedan ser ubicados en otros espacios.
7. Animal silvestre exótico o nativo en tamaño de grupo que imposibilita su manejo en el CAV (Cérvidos, Bóvidos, Struthionidos, Rheidos, Dromaiidos, otros)
8. Animales discapacitados de forma permanente, cuya discapacidad no atenta contra su bienestar, permitiéndole cumplir sus funciones fisiológicas básicas de forma independiente (desplazarse, buscar y adquirir alimento, otras).
9. Animales con deficiencias comportamentales como impronta, dificultad para la convivencia en grupos (si es gregario), dificultad para cazar o buscar alimento por sus propios medios, otras), que no fue posible ubicar en zoológicos ni acuarios.
Por la naturaleza de la Red y de los animales entregados bajo esta figura, el Amigo de la fauna deberá cumplir con algunas condiciones en cuanto a la tenencia de los animales:
Los animales entregados no podrán ser sometidos por ningún motivo a condiciones de itinerancia, sometidos a trabajo o entrenamiento alguno, ni tampoco a intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos que no hayan sido autorizados por Corpoamazonia.
Deberán estar ubicados en encierros permanentes y con condiciones que favorezcan al máximo su bienestar, de acuerdo a lo señalado por la Corporación. Si por algún motivo, el Amigo que tiene a su cargo la custodia de uno a ovarios animales silvestres o nativos entregados formalmente por Corpoamazonia, deba trasladarlos a otro lugar, únicamente por motivos legítimos de bienestar y reproducción, deberá solicitar la correspondiente autorización ante Corpoamazonia, justificando técnicamente la necesidad.
En ningún caso podrán ser revendidos ni objeto de intercambio comercial, ni trasladados de forma definitiva. El Amigo, sufragará los costos de alojamiento y manutención de los animales que acepte tener bajo su cuidado, mitigando y colaborando en los gastos que este concepto genera para la administración pública.
El Amigo deberá garantizar que los animales acogidos, tendrán una vida confortable y con bienestar estable por el resto de su vida.
No podrá recibir fauna silvestre a terceros, ni a autoridades policivas ni personas naturales, si fuera necesario que así lo haga, deberá informar a Corpoamazonia, quien autorizará dicho evento. En todo caso los especímenes que bajo esta circunstancia, reciba podrán ser destinados a otro espacio por Corpoamazonia.
Quienes pueden pertenecer a la RAFS?
Pueden pertenecer a esta Red, Zoológicos legalmente constituidos, Centros creados para estos fines por miembros de la misma Red o afines, Fundaciones, Organizaciones No Gubernamentales Ambientales sin ánimo de lucro nacionales e internacionales (para especies exóticas con oportunidades de reexportación), Reservas Naturales de la Sociedad Civil registradas ante la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales-UAESPNN, Estaciones Biológicas, Museos y Colecciones de Historia Natural, Colecciones Biológicas con fines de investigación científica registradas ante el Instituto Alexander von Humboldt-IAvH, Entidades públicas y privadas dedicadas a la investigación y la educación ambiental, e incluso los territorios de minorías étnicas legalmente constituidos, como resguardos, entre otros.
Las personas naturales no podrán ser parte de la Red, ni podrán ser tenedores de animales silvestres bajo la figura de Red de Amigos de la Fauna, para participar deberán hacerlo perteneciendo a alguna organización que cumpla con las características antes mencionadas. Esta medida impide que se legalice la tenencia de animales silvestres como mascotas.
La entrega se hace en calidad de Tenedores, lo cual significa que aquellas personas a quienes se les entreguen ejemplares serán responsables del bienestar de éstos, correrán con los costos de su alimentación y de las instalaciones para su albergue, no podrán lucrarse de esta tenencia en forma directa, y estarán bajo la supervisión de Corpoamazonia.
Para su funcionamiento y manejo de los especímenes, los miembros de la Red de Amigos de la Fauna deberán atender lo dispuesto en el “Manual para la Red de Amigos de la Fauna”. Igualmente, deberá responder por las demás obligaciones y responsabilidades específicas que le señale Corpoamazonia en materia de manejo de las especies a conservar en el documento mediante el cual le sean entregados los ejemplares y las observaciones y recomendaciones que se hagan en las visitas periódicas.
Quienes estén interesados en pertenecer a esta organización podrán entregar en cualquiera de las oficinas de Corpoamazonia una solicitud con la siguiente información:
Nombre de la organización Domicilio Teléfonos (fijo y móvil)
Nombre del representante legal Número de identificación del Representante Legal Cuales especies y cantidades de ejemplares pueden, de acuerdo con su propia capacidad e interés, recibir de Corpoamazonia.
Reseña de los requisitos de inscripción contemplados en el Manual para la Red de Amigos de la Fauna Silvestre: Por lo menos un certificado de experiencia en el manejo y conservación de fauna silvestre.
Certificación de participación en proyectos de conservación o afines, que hayan implicado el manejo de fauna silvestre en cautiverio. Resumen de un proyecto de educación ambiental a desarrollar en la región aledaña a su predio que involucre la o las especies que solicita para su custodia.
Documentos que acrediten la propiedad de un predio rural, en un piso térmico correspondiente a los requerimientos de la especie o las especies a solicitar Especificar el plan de manejo y mantenimiento del o los ejemplares. Incluir los ítems contemplados por la Res. 2064 de 2010.
Presupuesto destinado para su manutención y adecuación de las instalaciones según las exigencias técnicas de las especies a solicitar. Demostrar la sostenibilidad financiera para su respectivo cuidado en el mediano y largo plazo.
Una vez su solicitud y los requisitos sean verificados por Corpoamazonia, recibirán un documento en el cual se les admite como pertenecientes a la Red de Amigos de la Fauna Silvestre y se podrá iniciar el proceso de reubicación de animales silvestres.
En el caso de las Personas Naturales que cumplen con las condiciones de registro antes mencionadas, e interés en participar de la reubicación en cautiverio de fauna silvestre, podrán constituir una Organización Sin Ánimo de Lucro que las agrupe y a través de la cual podrán recibir de Corpoamazonia fauna silvestre para su tenencia en cautiverio.
Qué pasará con los animales silvestres que actualmente se encuentran al cuidado de personas naturales?
Corpoamazonia ha establecido que paulatinamente, retirará los animales silvestres que aún se encuentran bajo el amparo de personas naturales y los reubicará a través de la RAFS en la medida que los miembros de la Red estén disponibles para recibirlos.
Actualmente se encuentran en condiciones de ser entregados a la RAFS un número aproximado de 180 individuos entre Aves, Mamíferos y Reptiles. La mayor parte de ellos en el departamento de Putumayo, seguido de Amazonas y en menor proporción en el departamento de Caquetá.
Aunque existen un importante número de organizaciones ambientales en la región, es preocupante que Asociaciones Protectoras de Animales, y agremiaciones que trabajan por la conservación de la fauna silvestre dispuestas a contribuir con la recepción y mantenimientos de estos animales son escasas.
Por todos estos motivos Corpoamazonia se encuentra en este proceso, más allá de dar cumplimiento a una disposición normativa nacional, se trata de una oportunidad para fortalecer los procesos de conservación que ya existen en la región y de impulsar otros nuevos que quieran gestarse.
“estamos convencidos que la RAFS es una opción para que la gente que le gusta este cuento de la conservación y de la fauna silvestre se vincule, participe y apoye para que los resultados en la Amazonia sean cada vez más visibles, es una manera de aportar y una oportunidad de trabajar por construir región en el sur de la amazonia colombiana”

